Ley de Integridad Pública con primeros efectos y anuncios de demandas

La Contraloría General del Estado informó que en aplicación a las reformas a la contratación pública, aprobadas por el Asamblea a través de la Ley de Integridad Pública, ya no emitirá el informe de pertinencia y favorabilidad previo a todas las contrataciones públicas  a partir del 27 de junio de este año. Con la Ley de Integridad Pública, vigente desde el 26 de junio en que se publicó en el Registro Oficial, se derogó esa disposición.

La Ley propuesta y aprobada por el oficialismo reforma a su vez otras 20 normativas, todas ellas en diferente materia: Código Orgánico Integral Penal (COIP), Código de  la Niñez, Código Monetario, Ley de Transporte, Ley de Servicio Público, entre las principales.

Desde distintas organizaciones sociales y de trabajadores se ha cuestionado que en una Ley cuyo propósito era mejorar el sistema de contratación pública se hayan reformado temas como la establidad laboral, regimen de sanciones a adolescentes infractores, expulsión de extranjeros que hayan cometido delitos. Dirigentes de los trabajadores y de los maestros aseguraron que presentarán demandas de inconstitucionalidad. Estas son algunas de la reformas que se introdujeron:

Código orgánico de la niñez y adolescencia

Reforma todos los plazos de juzgamiento de los adoscentes infractores y en delitos graves se incrementan las penas y se ordena que, al cumplir la mayoria de edad, pasen a cárceles comunes donde se deberá adaptar espacios adecuados. En relación al juzgamiento, por ejemplo, la duración del internamiento preventivo pasará de máximo 90 días a máximo 180 días. Pero si el delito se sanciona en el Código Penal con penas superiores a los 10 años de cárcel, el internamiento preventivo podrá durar un año. La pena máximo es de 15 años de internamiento institucional si se encuentra culpable de pertenecer a un grupo armado durante la existencia de un conflicto armado interno.

Reformas al servicio público 

Sindicatos aseguran que la Ley abre paso a la inestabilidad laboral ya que se eliminó el artículo 89 de la Losep. Ese artículo garantizaba la estabilidad en los puestos y el derecho preferente a que en caso de supresión de su actual puesto, sea trasladado a puestos vacantes de naturaleza similar. Las organizaciones sindicales consideran que al eliminar este artículo se abre la puerta al despido discrecional, se debilita la carrera administrativa basada en méritos pemitiendo el uso político – partidario del aparato estatal en beneficio del partido de Gobierno.

En en ámbito de la Función Judicial

Establece la declaratoria de emergencia en la Función Judicial en caso de que el presidente del Consejo de la Judicatura considere que se requieren de acciones inmediatas y urgentes para abordar problemas del servicio público de administración de justicia, y realizar mejoras esenciales para garantizar la tutela judicial efectiva de la ciudadanía. Esta declaratoria permitirá establecer un régimen especial y expedito de ingreso a la carrera judicial, donde no se generará estabilidad a los servidores judiciales; reasignar y requerir recursos presupuestarios para atender la emergencia; realizar evaluaciones anticipadas a jueces y fiscales; realizar las contrataciones por emergencia que se requieran. Los juristas consideran que se trata de una nueva «metida de mano a la Justicia».

Expulsión de delincuentes extranjeros 

Se incorporó un articulo que permite la expulsión a los detenidos extranjeros que hayan cometido sus delitos antes o durante el conflicto armado, para lo que no se necesitará sentencia condenatoria ejecutoriada, basta que lo determine el Ministerio del Interior. El extranjero expulsado al amparo de esta norma no podrá regresar al país en un lapso de 40 años.

Artículos relacionados

Últimos artículos