Con 104 votos afirmativos y 19 abstenciones, el pleno de la Asamblea aprobó la noche de este martes 7 de junio el proyecto que regula el Uso Legítimo de la Fuerza, remitido por la Comisión de Seguridad. El objetivo es contar con una normativa legal para el accionar de la fuerza pública, ante los altos índices de inseguridad que atraviesa el país.
Ramiro Narváez, ponente del informe y presidente de esta mesa legislativa, exhortó al pleno que apruebe el proyecto en forma íntegra, sin tomar en cuenta los planteamientos de Pachakutik de sacar los artículos 23, 24 y 25, que permitiría a Policía y Fuerzas Armadas utilizar la discrecionalidad para contener actos violentos dentro de las protestas sociales y movilizaciones.
En la Asamblea legisladores de varias bancadas dialogan sobre los cambios que podrían realizar al proyecto de Ley de uso progresivo de la fuerza para que sea aprobado. pic.twitter.com/1j98LvLZ08
— HUGO R. CONSTANTE (@constante_r) June 7, 2022
» La Ley garantiza que los manifestantes puedan ejercer su derecho a la protesta» aseguró Narváez, quien resaltó que el proyecto fue tramitado durante seis meses con las observaciones de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas, Agentes del Cuerpo de Seguridad Penitenciaria, sectores de la sociedad civil y expertos en seguridad; así cómo acogiéndose a normas internacionales.
Uno de los puntos críticos que marcó el debate fue «discrecionalidad», que se enmarcarian en los artículos 23, 24 y 25 del Capítulo III, del proyecto, sobre el Uso Legítimo de la Fuerza en el Control del Orden Público, Protección Interna y Seguridad Ciudadana.
El Pleno de la @AsambleaEcuador aprobó con 104 votos afirmativos, la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza; sin tomar en cuenta los planteamientos del @BancadaPkEc q buscaba apartar los artículos 23 24 y 25, para la votación. @thelos_ec pic.twitter.com/5DyVilDjjo
— CHRISTIAN LGC. (@NOTICIAS1982) June 8, 2022
El proyecto será remitido al presidente Guillermo Lasso, para qué, como colegislador analice la Ley aprobada por el Parlamento y de ser nacesario realice los cambios que creyere pertinentes mediante un veto parcial o total.
De acuerdo a la Ley Orgánica de la Función Legislativa LOFL, el Primer Mandatario tiene 30 días para pronunciarse sobre el proyecto de ley aprobado por el legislativo; y de existir un veto parcial, el Pleno de Asamblea debería obtener mayoría absoluta (92) votos para ratificarse en su propuesta original y 70 para allanarse al veto. Si en ese plazo la Asamblea no se pronuncia entrará por el ministerio de la ley.