Luego del último feriado de Carnaval y por la desobediencia ciudadana a las normas de distanciamiento social que han incrementado de forma alarmante los contagios por coronavirus, lo que ha obligado inclusive a algunos cantones del país a retornar al semáforo rojo.
Ante el feriado de Semana Santa el COE Nacional emitió varias resoluciones que se aplicarán esta temporada, se recomendó a los COE cantonales el cierre de sus playas los días 2, 3 y 4 abril y como restricción nacional se dispuso la prohibición de venta y consumo de alcohol desde las 18:00 los días 2, 3 y 30 abril y sábado 1 mayo.
Para frenar los contagios del COVID19, el COE Nacional ha dispuesto:
✅Prohibición de venta y consumo de alcohol desde las 18h00 los días 2, 3 y 30 abril y sábado 1 mayo
✅Se solicitó a los COE cantonales el cierre de playas los días 2, 3 y 4 abril
✅Eventos masivos suspendidos— Lenín Moreno (@Lenin) March 29, 2021
En cuanto a circulación se restringe la movilidad de vehículos livianos particulares en los principales ejes viales:
Este jueves 1 de abril, a partir de las 12:00 no podrán circular vehículos con placa IMPAR; en cambio el viernes 2 de abril, no podrán circular todo el día los vehículos con placa PAR. Para el sábado 3 de abril, la restricción aplica a los vehículos con placa IMPAR todo el día; y el domingo 4 de abril, los vehículos con placa PAR, no podrán circular todo el día.
En el caso del transporte intra e Inter provincial se sujetará a la restricción por último dígito de placa, para esto se debe coordinará con los Terminales Terrestres y las autoridades competentes para su cumplimiento del 50% de las frecuencias con el 75 % de aforo.
Está prohibida la emisión y el uso de salvoconducto para esta modalidad hasta que la ANT lo disponga. Los vehículos de entidades de Estado podrán circular con funcionarios y sus respectivas credenciales oficiales. Las medidas de restricción de circulación vehicular, no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores productivos, sus habilitantes serán, sus credenciales, guías de remisión, RUC, RISE. En aquellos casos que se requiera movilización hacia aeropuertos, los habilitantes serán los pasajes del titular y, en casos de emergencias médicas debidamente comprobadas.
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— Municipio de Quito (@MunicipioQuito) March 31, 2021
Restricciones en Quito
En el Distrito Metropolitano de Quito se prohíbe, hasta el 9 de abril, la circulación vehicular entre las 22:00 y las 06:00. Además, en el periodo comprendido del 1 al 4 de abril se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacio público municipal y en caso de incumplimiento la multa es de 200 dólares.
Otras medidas adoptadas para la capital son:
– Continúan suspendidas las actividades económicas para bares, discotecas y centros de diversión nocturna.
– Se restringe del 1 al 4 de abril el uso de espacios públicos para romerías, caminatas, Vía Crucis o peregrinaciones con el objetivo de evitar aglomeraciones. Se sugiere vivir la Semana Mayor a través de medios digitales.
– En movilidad se ratifica el Plan «Hoy no Circula», que regirá hasta el 31 de mayo del 2021, es decir, se mantiene la restricción vehicular de circulación para 4 dígitos de placa al día, de 06:00 hasta las 22:00, de la siguiente manera:
Lunes: placas 0, 1, 2 y 3
Martes: placas 2,3 4 y 5
Miércoles: 4, 5, 6 y 7
Jueves: placas 6, 7, 8 y 9
Viernes: placas 0,1, 8 y 9