Juicio político: jueza Teresa Nuques preparará proyecto de dictamen

En sesión extraordinaria del Pleno de la Corte Constitucional, la jueza Teresa Nuques salió sorteada para que prepare el proyecto de dictamen sobre la solicitud de juicio político en contra del Presidente de la República, Guillermo Lasso.

La solicitud fue admitida a trámite esta tarde por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea una vez que los proponentes completaron los requisitos, como la individualización de la infracción y actualización de los tipos penales de los que acusa el Primer Mandatario: peculado y concusión.

La solicitud aprobada fue remitida de inmediato por la Asamblea a la Corte Constitucional que debe emitir su dictamen de admisibilidad. El presidente de la Corte, Alí Lozada, dijo que el sorteo para designar a la jueza ponente fue realizado con todas las garantías de transparencia, pulcritud, y que la decisión final será tomada por el pleno de ese organismo. «Ecuador debe estar seguro que la decisión que vaya a tomar la Corte será apegada a la Constitución, será una muestra más de la independencia que caracteriza a la Corte Constitucional», dijo Lozada.

La normativa 

El Artículo 148 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional señala que
la jueza ponente presentará el proyecto de dictamen en el plazo de tres días a partir de la
fecha del sorteo, en el que constará:
1. Si la solicitud ha sido propuesta de conformidad con la Constitución.
2. Si en la solicitud se singulariza la infracción que se le imputa y si por la tipificación jurídica que se hace en la solicitud, ella cabe en el tipo de infracciones previstas en el artículo 129 de la Constitución.
3. Si, en consecuencia, procede o no iniciar el juicio político.
Inmediatamente presentado el proyecto de dictamen, el Presidente de la Corte
Constitucional convocará a sesión al Pleno, dentro de las veinticuatro horas siguientes. El dictamen será emitido dentro de las cuarenta y ocho horas de presentado el proyecto y se resolverá con las dos terceras partes de los integrantes del Pleno,  es decir por seis votos.

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