Obligar al trabajador a estar atento al celular, en su tiempo de descanso, será considerado acoso laboral

El pleno de la Asamblea ratificó, con 101 votos a favor, seis artículos que el Presidente de la República, Daniel Noboa, había vetado de la Ley Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en Todas las Modalidades de Trabajo. Entre estos artículos consta el que considera como acoso laboral la no desconexión digital; es decir, cuando un empleado se ve obligado a contestar las llamadas, mensajes de textos, WhatsApp, correo electrónico o cualquier otra forma de comunicación digital fuera de su horario de trabajo.

La asambleísta María Teresa Pasquel (Gente Buena), ponente del informe, manifestó que el veto inobservó fallos de la Corte Constitucional respecto al acoso laboral y que la Ley responde a la necesidad de respetar los tiempos de descanso de los trabajadores, su temporada de vacaciones o simplemente su tiempo libre.

Durante el debate los legisladores manifestaron que esta Ley es positiva y cuestionaron a Noboa por haberla vetado parcialmente.  Paola Cabezas, de la Revolución Ciudadana, manifestó que es necesario luchar contra la explotación y precarización laboral. Recordó que este proyecto, en el segundo debate, fue aprobado por la Asamblea por unanimidad de los 128 asambleístas con el afán de frenar la violencia y el acoso laboral.

Leonardo Berrezueta, también de la Revolución Ciudadana, calificó al veto de «barbaridad jurídica», pues no está motivado en la Constitución. En el veto, Noboa aseguraba que se está desvirtuando el concepto de acoso laboral, porque la desconexión digital está ligada exclusivamente a los contratos de teletrabajo.

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